Santo Domingo, RD.- Una Iglesia No Católica puede constituirse como Una Asociacion sin Fines de Lucro (Ley 122-05).LL
La misma no pagará Impuesto sobre la Renta (ISR) por los beneficios que pueda recibir; según dice hoy la propia Ley 122-05, a menos que distribuya esos beneficios entre sus socios o afiliados; lo cual prohíbe la propia Ley 122-05, Osea, que es un contrasentido del Proyecto de Ley de Reforma Fiscal.
Pero además, la misma Ley 122-05 también dice que las Iglesias Protestantes como ONG, también estarán exentas de todos los Impuestos; oseas No lo pagarán, porque son Instituciones Sin Fines de Lucro.
Por ello, interpretando el Proyecto de marras, el gobierno lo que quiso decir con el mismo, es que las Iglesias sólo estarían exentas del ISR y No del ITBIS, ni del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
Al final entonces, lo que se colige es: que finalmente todas las Iglesias y ONG del pais pagarán IVA (Antiguo ITEBIS) y también el ISC; o Selectivo al Consumo.
En conclusión mis hermanos; el Proyecto de Reforma Fiscal ESTÁ MAL REDACTADO y deberá modificarse, en lo concerniente al Art.35 atinente a las Iglesias y ONG.
Mi posición como legislador será la de que se elimine tal disposición.
Ahora bien, en todo esto hay una lección que deberá ser aprendida por los líderes cristiano-evangélicos de todo el país y de una vez y por todas; para que Nunca más hagan «Causa Común» con partidos y movimientos que históricamente lanzan «Programas de Gobierno Colectivistas»; y que por tanto, están muy alejados del mandato cultural, económico, social y político de la Biblia..
«No puede el árbol malo dar frutos buenos».
Debemos aprender además, que porque se proclamen como evangélicos o cristianos, NO necesariamente hay que ir ciegamente y sin filtro detrás de ellos.
Para eso Dios nos ha dado discernimiento. No se siembra un árbol hoy y mañana te levantas a buscar los frutos.
«Debe haberle amanecido Cristo». En otras palabras, la falta de madurez y de experiencia tampoco es buena consejera.
_¡Dios con nosotros!_



