Por Armando Olivero
SANTO DOMINGO / BOSTON / NUEVA YORK — Las imprecisiones terminológicas en materia de propiedad intelectual aplicada a la música han generado profundas distorsiones en la atribución de derechos morales y patrimoniales. Errores sistemáticos —perpetuados por reglamentos de festivales y entidades de gestión colectiva internacional— suelen limitar erróneamente la condición de «autor» a quien escribe la letra y de «compositor» a quien crea la música.
Un riguroso análisis demuestra que, conforme a la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor y al Convenio de Berna, todo creador es autor (ya sea letrista, autor de la música, arreglista o compositor), mientras que la categoría de compositor corresponde exclusivamente a quien concibe la totalidad de la obra dentro de su clase (con o sin letra).
Este pilar doctrinal y técnico-forense será abordado con máxima profundidad durante el ciclo de conferencias del maestro Armando Olivero en Estados Unidos, bajo el auspicio de la FUNDOARCU, ONDA, K-DA UNO Music LLC y Rivas Old Services LLC, donde dará a conocer formalmente su tesis titulada:
«EL ERROR DOGMÁTICO EN LA CATEGORIZACIÓN DE LA AUTORÍA MUSICAL: REDEFINICIÓN DEL CONCEPTO DE COMPOSITOR Y DECONSTRUCCIÓN DE LA FALACIA «AUTOR / COMPOSITOR» EN EL DERECHO COMPARADO Y EN EL CONVENIO DE BERNA»
Calendario de Presentaciones:
- 📍 Boston, Massachusetts: Fecha: 27 de agosto de 2026 Hora: 6:30 p. m. Lugar: Consulado General de la República Dominicana en Boston
- 📍 Nueva York, NY: Fecha: 3 de septiembre de 2026 Hora: 6:00 p. m. Lugar: Rivas Old Services LLC, 5000 Broadway, Suite 1B, New York, NY 10034
Esta propuesta técnica está destinada a corregir el estándar institucional de la industria, optimizar el peritaje forense y garantizar la justa distribución de derechos en la creación musical a nivel global.



