La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía suspendió por un período de 30 días al locutor Alberto Vargas, luego de que, durante su participación en el programa “El Ritmo de la Mañana” que se transmite por la emisora Ritmo 96 de 7:00 a 10:00 de la mañana de lunes a viernes, utilizara expresiones que violentan el Reglamento 824 que rige dicha entidad.
En la resolución 001-2021, a la que Diario Libre tuvo acceso, se explica que el locutor usó «expresiones forma humillante, grotesca y atropellante».
Además, señala el documento que, «considerando que la radio y la televisión tienen la función de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y al mejoramiento de la forma de convivencia humana, por lo que a través de sus transmisiones se debe procurar evitar influencias malsanas y perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez, la juventud, en particular y en general a todos los dominicanos y el respeto a los principios de la sociedad moral social, la dignidad humana y los vínculos familiares’”.
La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía suspendió por un período de 30 días al locutor Alberto Vargas, luego de que, durante su participación en el programa “El Ritmo de la Mañana” que se transmite por la emisora Ritmo 96 de 7:00 a 10:00 de la mañana de lunes a viernes, utilizara expresiones que violentan el Reglamento 824 que rige dicha entidad.
En la resolución 001-2021, se explica que el locutor usó «expresiones forma humillante, grotesca y atropellante».
Además, señala el documento que, «considerando que la radio y la televisión tienen la función de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y al mejoramiento de la forma de convivencia humana, por lo que a través de sus transmisiones se debe procurar evitar influencias malsanas y perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez, la juventud, en particular y en general a todos los dominicanos y el respeto a los principios de la sociedad moral social, la dignidad humana y los vínculos familiares’”.
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