Inicio OPINIÓN El peligroso retroceso de penalizar la denuncia pública

El peligroso retroceso de penalizar la denuncia pública

Por Armando Olivero /Analista Legal

En el concierto institucional del continente americano, el combate contra la impunidad y la preservación del erario público constituyen pilares fundamentales para la consolidación democrática.

Frente a los embates de la corrupción administrativa, el derecho a la denuncia se ha consolidado no solo como una prerrogativa fundamental de la ciudadanía, sino como la primera línea de defensa de los recursos del Estado. Por ello, la sola idea de pretender encarcelar o sancionar penalmente con prisión a quien expone irregularidades en la función pública resulta una aberración jurídica inaceptable.

Es preciso hacer una distinción doctrinaria fundamental: la libertad de expresión y la difusión del pensamiento deben ser reguladas tal como lo contempla nuestra Constitución, y dichas regulaciones deben estar debidamente sustentadas en las leyes aplicables. No se trata de oponerse al castigo ni a la responsabilidad legal de aquellas personas que levantan falsas calumnias o difaman a terceros.

Sin embargo, de ahí a trasladar esa prohibición al ámbito del Código Penal para tipificarla con penas privativas de libertad existe un abismo jurídico. La prisión para estos casos constituye un exceso punitivo al que debemos oponernos firmemente. Las sanciones para la difamación comprobada deben discurrir por vías civiles o penalidades de otra índole, pero jamás con pena de cárcel.

En la actualidad, ningún país de América Latina ni del continente americano castiga con prisión la denuncia legítima de robo o corrupción cometida por funcionarios públicos. Introducir una sanción de privación de libertad supondría una ruptura drástica con la tradición legal de la región y convertiría al Estado que la aplique en una triste anomalía autoritaria dentro del mapa interamericano